Esta campaña obedece a una necesidad global: frenar la victimización sufrida por personas de todas las edades, aunque mayoritariamente mujeres, que ven violada su privacidad por la difusión sin consentimiento de imágenes íntimas que protagonizan. Este delito es independiente de que las víctimas conocieran o no la existencia de esas imágenes, que consintieran su producción o incluso que las tomaran ellas mismas. Tampoco exime del delito el hecho de que en las imágenes en cuestión aparezca también la persona que las ha hecho públicas. De ahí el lema de la campaña "Si no eres tú, no puedes compartirlas".
Este tipo de ciberdelito tiene muy variados factores que han hecho que vaya en aumento y muy diversas consecuencias para quien lo sufre. Mujeres adultas, jóvenes y adolescentes son las víctimas más comunes y quienes además son objetivo de otras formas complementarias de victimización como puede ser el ciberacoso o el linchamiento digital (en edades adultas) o el ciberbullying (en edades tempranas).
Como ejemplo destacado de esta problemática está el mal denominado "revenge-porn", "pornovenganza" o "porno vengativo", acción por la cual un hombre (extraño es el caso donde sea ella quien lo hace) publica imágenes íntimas de quien fuera su pareja con la intención de dañarla o coaccionarla. Es preciso también ir cambiando ese término porque la palabra pornografía va relacionada con la exposición voluntaria. Se trata, por lo tanto, de un caso específico de distribución no consentida de imágenes íntimas, nada que ver con la pornografía o su industria.
Es obvio decir que, aunque es preciso conocer los riesgo del sexting para poder tomar decisiones informadas (www.pensarantesdesextear.mx) y también saber cómo poder reducirlos si deseamos sextear (www.sextingseguro.com) se debe poner el foco en quienes cometen el delito o participan del mismo con sencilla, pero nada inocua, acción de compartir. Ésta es la respuesta.
Si deseas contactar con las entidades involucradas en relación a la campaña puedes escribir un correo a la dirección: info@pantallasamigas.net
La distribución no consentida de imágenes íntimas supone la vulneración de los derechos de las personas que en ellas aparecen y, en consecuencia, está castigada por la Ley, y de forma especialmente grave si se trata de imágenes de menores de edad.
En este tipo de ciberdelito hay un claro culpable que es la persona que realiza esa vulneración de la intimidad por primera vez divulgando la imagen. Sin embargo, son cómplices quienes redistribuyen esas imágenes.
Se trata de un ciberdelito en aumento que afecta especialmente a las mujeres que además lo hace en edades cada vez más tempranas. La abundancia de smartphones conectados con tarifa plana, la normalización de algunas prácticas íntimas vistas en Internet y una sociedad machista suponen un caldo de cultivo adecuado.